Ante la firma del Tratado de Libre Comercio de América del Norte entre los Estados Unidos Mexicanos; el Gobierno de Canadá y el de Estados Unidos de América, (TLC) ya hace más de 24 años, con el objeto de crear un mercado más amplio y seguro para los bienes y servicios producidos en sus territorios, así como estimular la competitividad de sus empresas en los mercados globales, creando nuevas oportunidades de empleo, mejorando las condiciones de trabajo y los niveles de vida en sus respectivos territorios, y algo muy especial que se buscó y se busca es proteger, ampliar y hacer efectivos los derechos básicos de los trabajadores.
Como es mi principal objetivo al haber redactado esta obra que he denominado la “LEY FEDERAL DEL TRABAJO GUÍA EXPLICADA”, es que tanto los empresarios mexicanos como los que vienen del extranjero a invertir a México, conozcan cómo se crea jurídicamente la relación de trabajo, que derechos y obligaciones tienen cada una de las partes, con el objeto de que exista armonía en los centro de trabajo, y con ello se logre la calidad y productividad que los tiempos actuales requieren los mercados internacionales.
He divido la Ley Federal de Trabajo en cuatro partes, la primera que corresponde a esta obra se refiere a las relaciones individuales de trabajo, la segunda parte que en poco tiempo estará a la venta, explicare las relaciones colectivas de trabajo en donde se incluirá la formación de sindicatos, de sindicatos de trabajadores, y la asociación de patrones, contratos colectivos de trabajo; es emplazamiento a huelga, el estallamiento de huelga y la calificación por parte de la autoridad laboral, cuando puede ser huelga inexistente, existente, justificada, injustificada y la terminación de la huelga.
En la tercera parte, hablare sobre el procedimiento individual de trabajo, desde la demanda, como se acredita la personalidad del patrón en el juicio laboral, como se ofrecen y se desahogan pruebas, incluyéndose, la formulación de posiciones y preguntas en confesional y testimonial, como se ofrecen peritos, como se desahogan los alegatos y como se elabora la resolución del laudo con el que se pone fin a la tramitación del juicio laboral.
En la cuarta parte, se expondrá el juicio de amparo, conociendo ante que autoridad se promueve, como se formula la demanda de amparo, que recursos existen y como se dicta una sentencia o resolución de amparo.
En esta obra, vamos a conocer detalladamente las definiciones de trabajadores; de trabajadores de confianza, intermediarios y patrones, así como los elementos que deben de contener un contrato individual de trabajo, la duración, la jornada de trabajo días de descanso semanal obligatorio y prestaciones a que tienen derecho así como las obligaciones de los patrones y trabajadores.
Se incluye también las causas por las cuales se pueden despedir a un trabajador justificadamente, al igual las causas por las cuales el trabajador se puede separar de la empresa sin su responsabilidad.
Como y cuando se va a pagar el aguinaldo, vacaciones, prima vacacional y reparto de utilidades.
Hay un capitulo que recomiendo que se lea detenidamente, corresponde a los DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PATRONES Y TRABAJADORES, en este punto se incluye los derechos que tienen los trabajadores respecto de prestaciones que la ley establece a su favor, así como prohibiciones sobre lo que no deben de hacer, respecto del patrón los derechos y prohibiciones que la ley les establece.
Un capítulo especial que se denomina RIESGOS Y ACCIDENTES DE TRABAJO, en el que se expone definiciones de riesgos, enfermedades y accidentes de trabajo, así como las incapacidades temporales, permanentes parciales, permanente total, y la muerte del trabajador, y la tabla de evaluación de incapacidades permanentes.
Como último capítulo es el correspondiente a la COMPETENCIA DE LAS AUTORIDADES LABORALES, en la cual se explica ante quien de ellas debemos de acudir por razón de la rama industrial o en el territorio en donde nos encontramos, para que sepamos con claridad ante quien se deberán presentar los diversos documentos que conforme la Ley debemos registrar.
Valoraciones
No hay valoraciones aún.